EL “PUERTO SEGURO”

 El pasado 8 de marzo, se publicó en el BOE el RD-Ley 4/ 2014, una reforma muy esperada por empresarios y por administradores concursales, que han visto como en los últimos años se han cerrado empresas con viabilidad operativa, pero ahogadas financieramente. Se hacía imprescindible dar mayor cobertura legal a las negociaciones de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, que evitaran a la empresa entrar en el temido concurso.

Esta reforma no pretende, por tanto, cambiar el Concurso en sí, asumiendo de esta manera que las empresas que se vean obligadas a presentarlo, en un gran porcentaje, se verán abocadas a la liquidación, todo ello a pesar de que la vocación de la Ley Concursal es buscar la viabilidad alternativa de la empresa.

En base a lo anterior, y a la más que dura realidad sobre el cierre de empresas en concurso, el RD-L va encaminado a mejorar el proceso de negociación de refinanciación en la fase pre-concursal. Es decir, viene a consolidar las formalización de acuerdos entre empresa y acreedores, que garantice la viabilidad de la empresa y las posibilidades de cobro de los acreedores, y evite la solicitud del Concurso. Tal y como dice el propio Decreto: construir “un “puerto seguro” que permita la negociación directa del deudor con uno o más acreedores”.

La base de esta reforma profundiza en a) favorecer los mecanismos para que la deuda pueda transformarse en capital; b) el inicio de negociaciones puede permitir la suspensión de ejecuciones judiciales de bienes que resulten necesarios para la actividad profesional; y c) garantizar estos acuerdos entre partes, siempre y cuando el resultado de la negociación suponga una mejora clara de la posición patrimonial del deudor y no minore los derechos del resto de acreedores.

Esta reforma pone claro sobre oscuro en algunos temas que desde hace tiempo, algunos venimos defendiendo:

-en toda negociación ambas partes deben estar dispuestas a perder parte de sus derechos,

-el objetivo de las refinanciaciones será siempre la viabilidad de la empresa, y

-ante una empresa con un proyecto económico adecuado, la financiación no debe ser un negocio en sí mismo sino un medio para conseguir un fin.

Ahora queda lo más difícil, poner a prueba toda esta teoría y comprobar que realmente es eficaz contra el cierre de nuestras empresas. Ojalá no hayamos llegado demasiado tarde.

 

Pilar Alonso Díaz, economista y responsable de fGlobal-Outsourcing Financiero Empresarial

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